Los Decanos de las distintas facultades de la Universidad Central de Venezuela, durante la rueda de prensa convocada por las autoridades universitarias y los gremios que hacen vida en la UCV, para abordar el tema de la violación de los derechos laborales de los trabajadores ucevistas, se dirigieron a la opinión pública nacional para deplorar “nuevamente la gravísima y flagrante conculcación de los derechos laborales del personal de la Universidad Central de Venezuela, llevada a cabo por la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU) y la Dirección de Planificación y Presupuesto del Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria (DPPMPPEU) quienes de forma unilateral, sin procedimiento previo ni competencia alguna, redujeron, en unos casos, y eliminaron, en otros, las primas y otros beneficios contractuales de los miembros activos y jubilados del personal docente, administrativo y obrero”.

En el documento, que fue leído por la Decana de Farmacia, Margarita Salazar, destacan que “esta írrita decisión, que se suma al memorial de agravios que se acumula contra la institución y su personal, infringe el artículo 89.1 Constitucional, de acuerdo con el cual ni siquiera la Ley, que es expresión de la soberanía popular, puede alterar la intangibilidad y la progresividad de los derechos y beneficios laborales. Por lo tanto, es más que claro que el acto de rango subalterno con el que la OPSU y la DPPMPPEU han materializado el desconocimiento de derechos adquiridos por los trabajadores, no puede ser reconocido como lícito ni por los afectados ni por autoridad alguna”, apunta.

Resalta igualmente el comunicado, que “la vía de hecho perpetrada por la OPSU y la DPPMPPEU es una flagrante transgresión del artículo 25 de la Constitución, conforme al cual ‘todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por la Constitución es nulo’”.
Añadió asimismo que, “tales beneficios, de por sí insuficientes, ahora son disminuidos sustancialmente de forma unilateral, como si se tratase de dádivas y no de derechos adquiridos, en abierta violación del derecho a la negociación colectiva’”.
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