Comunicado del Consejo Universitario de la UCV

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

CONSEJO UNIVERSITARIO

Ciudad Universitaria de Caracas

EL CONSEJO UNIVERSITARIO

DE LA

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

 El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela reunido en la sesión ordinaria del día miércoles 18-05-2022, bajo la modalidad presencial, aprobó por unanimidad el siguiente comunicado:

 “El Consejo Universitario, reunido en sesión ordinaria de fecha 18 de mayo de 2022, ante la violación de los derechos humanos y laborales en la educación superior, acuerda solicitar y aclarar lo expuesto por la Ministra del Poder Popular para la Educación Universitaria (MPPEU), con respecto a las siguientes declaraciones: “las nóminas del sector universitario se están pagando perfectamente…que existen tablas salariales que están entre el 150% y el 300% de mejoría respecto al año 2021”, y que “el instructivo de pago del sueldo está siendo evaluado por su despacho para que cada universidad pueda adecuarse al mismo”. En este sentido, el Cuerpo expone:

El aumento decretado a partir del 15/03/2022 se construyó desconociendo los términos y condiciones establecidas en el acta de fecha 28/07/2021, que aprobó la IV Convención Colectiva (IV CCU), como reunión normativa laboral, suscrita por los Ministerios de Educación Universitaria, del Proceso Social del Trabajo y Directora de la Inspectoría Nacional y otros Asuntos Colectivos del Trabajo, acuerdo que se aplica desde el 01/08/2021.

El incremento salarial aprobado en la reunión normativa laboral, cláusula 57, establece que la tabla de remuneración del personal obrero grado I inicie con el salario mínimo nacional, punto de partida para definir los tabuladores, docente y administrativo, y debe incrementarse para el obrero grado II en un 70%, para los grados III y IV un 9%, para los grados V, VI y VII un 7%; esta interescala no fue aplicada en el aumento salarial aprobado, sino una interescala lineal del 7%, que afecta la construcción total de la tabla que debe aplicarse para el incremento, y determina un aumento inferior del sueldo.

LEA EL COMUNICADO COMPLETO:

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