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AVERU denuncia crisis salarial de la academia

La Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (AVERU) envió un mensaje a sus comunidades, gremios y asociaciones sindicales y a la sociedad civil, con el fin de denunciar la crisis salarial en la academia venezolana y su impacto en la sostenibilidad de la educación de calidad en Venezuela.

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Comunicado de AVERU ante crisis salarial del sector educativo

COMUNICADO

La Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (AVERU) se dirige a sus comunidades, gremios y asociaciones sindicales y a la sociedad civil, con el fin de denunciar la crisis salarial en la academia venezolana y su impacto en la sostenibilidad de la educación de calidad en nuestro país, ante la reiterada conducta del Ejecutivo Nacional de imponer un modelo que atenta contra el sistema educativo venezolano, basado en el desconocimiento a la dignidad humana del docente en todos los niveles de la educación, lo que constituye una flagrante violación al derecho humano al trabajo; en tal sentido, demandamos el cese de la violación del derecho constitucional a un salario justo y adecuado para el personal docente y demás trabajadores.

La finalidad esencial del Estado venezolano por mandato constitucional es la defensa, el desarrollo de la persona, el respeto a su dignidad y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados a la ciudadanía, para lo cual la Constitución instituyó la educación y el trabajo como instrumentos fundamentales. La educación de calidad es, además, el proceso para que las naciones democráticas promuevan sociedades inclusivas, basado en la enseñanza de competencias fundamentales para la vida, el trabajo, la formación de ciudadanos en valores y principios democráticos y el respeto a los derechos humanos.

En los últimos años, el mayor fracaso recae en las áreas educativa y laboral, lo que se evidencia en los altos niveles de desempleo, el subempleo y la fijación de un salario mínimo y pensión por debajo del nivel de subsistencia. En el área educativa, todos sus niveles exhiben una mayor exclusión de los sectores socioeconómicos de escasos recursos afectando la movilidad social, un alto nivel de renuncias y jubilaciones del personal universitario, dificultad para la reposición de cargos e incorporación de la generación de relevo, severas limitaciones para el desarrollo de la carrera académica del personal docente y de investigación, exclusión estudiantil y un alto deterioro de la infraestructura física, entre otros aspectos.

Los salarios de la administración pública central y descentralizada, en particular los correspondientes a los sectores de la salud y la educación en todos sus niveles y modalidades han sufrido un grave deterioro, llevando a nivel de subsistencia a estos sectores laborales. En concreto, para el sector universitario fue impuesto el instructivo (ONAPRE), acto administrativo inexistente de acuerdo con el Tribunal Supremo de Justicia, que fijó para el obrero nivel I un monto de 130 bolívares mensuales equivalente a $ 6,05, y para un docente Titular a Dedicación Exclusiva un monto de 522,16 bolívares mensuales equivalente a $ 26,00 (BCV. 20,05 a la fecha). 2

La Asociación Venezolana de Rectores Universitarios hace un llamado a la sociedad venezolana a reflexionar sobre la importancia de defender el sistema educativo nacional en todos sus niveles, ya que sin la formación de ciudadanos no existe nación, institucionalidad, derechos humanos, valores democráticos, estabilidad política y socioeconómica, siendo ineludible reconstruir el sistema educativo formal. No obstante, es una realidad incuestionable que la academia venezolana sigue cumpliendo su misión rectora en la educación, cultura, ciencia y formación de la generación de relevo, pese a estar afectada severamente por los precarios salarios que percibe el personal docente y demás trabajadores universitarios.

En momentos en que el personal universitario padece las dificultades por devengar salarios insuficientes, altamente precarios que no le permiten cubrir para sí y sus familias las necesidades básicas, materiales, sociales e intelectuales, de conformidad con el artículo 91 constitucional exigimos un salario adecuado al índice inflacionario en divisas y el costo de la canasta básica, así como la reposición de la seguridad social y demás beneficios socioeconómicos.

Como Asociación Venezolana de Rectores Universitarios hacemos un llamado al personal docente y demás trabajadores, a los sindicatos y gremios docentes a unir esfuerzos en la defensa y resguardo de nuestro sistema educativo nacional, el derecho a la educación, la excelencia académica, la autonomía y condiciones de vida digna para el sector universitario.

En Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de enero de 2023.

Se suscriben,

CECILIA GARCÍA-AROCHA MÁRQUEZ, UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

MARIO BONUCCI ROSSINI, UNIVERSIDAD DE LOS ANDES

MARÍA ISABEL GUINAND, UNIVERSIDAD METROPOLITANA

JESSY DIVO DE ROMERO, UNIVERSIDAD DE CARABOBO

MILENA BRAVO DE ROMERO, UNIVERSIDAD DE ORIENTE

JUDITH AULAR DE DURÁN, UNIVERSIDAD DEL ZULIA

JOSÉ FRANCISCO JUÁREZ, UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO

RAÚL LÓPEZ SAYAGO, UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR

RITA ELENA AÑEZ, UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA ANTONIO JOSÉ DE SUCRE

EDGAR ALVARADO, UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO

ANTONIETA ROSALES DE OXFORD, UNIVERSIDAD DE MARGARITA

JUAN PEDRO PEREIRA MEDINA, UNIVERSIDAD YACAMBU

RAÚL CASANOVA OSTOS, UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA

GUILLERMO FARIÑAS, UNIVERSIDAD MONTEÁVILA.

JAVIER YONEKURA, UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL TÁCHIRA.

Nota de Condolencia

Los Rectores de las Universidades Nacionales agrupados en la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (AVERU), en unión de sus profesores, estudiantes, empleados y de todas sus comunidades universitarias, nos unimos al duelo que embarga a la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB), por el lamentable fallecimiento el día de hoy jueves 20 de octubre de su Rector

Reverendo Padre

FRANCISCO JOSE VIRTUOSO ARRIETA  S.J.

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AVERU denuncia violación de derechos del personal de las universidades

Caracas, 07 de agosto de 2022.

Ciudadana

Dra. Tibisay Lucena

Ministra del Poder Popular para la Educación Universitaria (MPPEU)

Presente.-

Nos dirigimos a usted en nuestra condición de Rectores agrupados en AVERU, con el propósito de denunciar la violación del derecho al trabajo y a la salud del personal docente y de investigación, profesional, administrativo y obrero de las universidades nacionales autónomas y experimentales, así mismo, solidarizarnos con los docentes de los niveles de educación inicial, primaria, y media, en virtud de la medida inconstitucional de fraccionar el bono recreacional y vacacional e impedir el disfrute de este último derecho a las vacaciones de todo el sector educativo activos y jubilados.

La Constitución vigente enuncia los derechos en los cuales el estado venezolano debe fundamentar los principios y metas que lo orienten en relación con el derecho al trabajo, es así, que lo declara como un derecho y deber, le establece la obligación de procurar la ocupación del trabajador que le proporcione una vida digna, irrenunciabilidad de los derechos laborales, duración máxima de la jornada, descanso semanal obligatorio y las vacaciones pagadas de conformidad con la ley.

No obstante al mandato constitucional, las dos últimas actuaciones del Ejecutivo Nacional ha generado las mayores lesiones a los derechos humanos y al trabajo del sector público, la primera con la aplicación del Instructivo para el Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública, Convenciones Colectivas, Tablas Especiales y Empresas Estratégica, mediante el cual se produjo el mayor despido indirecto de trabajadores del sector funcionarial nacional, modificando sus condiciones de trabajo al disminuir la remuneración, primas y bonos salariales de servidores públicos de la administración central y descentralizada; cursan contra el citado acto un recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de amparo interpuesto por esta asociación, medida cautelar declarada inadmisible, y un amparo autónomo interpuesto por un grupo de trabajadores del sector universitario y salud, de la administración pública central y descentralizada, cuya audiencia aún no ha fijado la Sala Constitucional, generando la permanencia de la transgresión a los derechos constitucionales laborales del sector, además de ser una omisión al derecho de tutela judicial efectiva. La segunda medida fue la firma de un acta convenio el 02/08/ 2022, mediante la cual se acordó la revisión de la cláusula 79, bono vacacional, fraccionando su pago en dos partes 30% y 75%, a ser cancelados la primera parte en los meses de agosto, septiembre y octubre a razón de 10 día por mes, y el restante 75% entre enero y julio 2023, este acuerdo modifica el acta suscrita el 28 /07/2021 en la cual quedaron plasmados los acuerdos entre el MPPPST, MPPEU, y la FTUV, bajo el marco de una Reunión Normativa Laboral (IVCCU), desaplicando además la Constitución y Ley Orgánica del Trabajo.

Si bien el artículo 3 constitucional instituye como fines esenciales del Estado la defensa, desarrollo de la persona, respeto a su dignidad, y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en la Constitución, erigiendo como procesos fundamentales a la educación y el trabajo para alcanzar estos objetivos, es inocultable que estas áreas de la gestión pública representan el mayor fracaso histórico de la Nación en estos 22 años, lo que se evidencia en los altos niveles de desempleo y subempleo y la fijación de un salario mínimo y pensión por debajo del nivel de subsistencia; en cuanto a la educación, todos sus niveles exhiben una deserción sin precedentes, la exclusión del sistema educativo de los sectores menos favorecidos, y la carencia de recursos para la actualización del personal docente, bibliotecas, e infraestructura, que ha afectado la calidad de nuestra otrora educación gratuita.

Esta Asociación condena y rechaza la medida de fraccionar el pago del bono recreacional y del derecho a vacaciones e impedir su disfrute efectivo, aprobada mediante una supuesta homologación firmada el 02/08/2022 que modificó el acta suscrita el 28/07/2021 que estableció los acuerdos de la IVCCU, la cual se viene aplicando desde agosto/2021, y aprobado por los funcionarios y partes intervinientes que por ley son los competentes a tal fin, lo que desconoce además el principio de primacía de la realidad sobre las formas o apariencias como criterio rector en el ámbito del Derecho del Trabajo.

Exigimos se reestablezca el derecho al trabajo del sector educativo nacional, a la salud como parte del derecho a la vida por ser el beneficio de las vacaciones del trabajador un mecanismo para su recuperación física y mental, reconocido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Declaración de los Derechos Humanos, y la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José).

Se suscriben;

CECILIA GARCÍA-AROCHA MÁRQUEZ, UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

MARIO BONUCCI ROSSINI, UNIVERSIDAD DE LOS ANDES

MARÍA ISABEL GUINAND , UNIVERSIDAD METROPOLITANA

JESSY DIVO DE ROMERO, UNIVERSIDAD DE CARABOBO

MILENA BRAVO DE ROMERO, UNIVERSIDAD DE ORIENTE

JUDITH AULAR DE DURÁN, UNIVERSIDAD DEL ZULIA

FRANCISCO JOSÉ VIRTUOSO ARRIETA, UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO

RAÚL LÓPEZ SAYAGO, UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR

RITA ELENA AÑEZ, UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA ANTONIO JOSÉ DE SUCRE

EDGAR ALVARADO, UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO

ANTONIETA ROSALES DE OXFORD, UNIVERSIDAD DE MARGARITA

JUAN PEDRO PEREIRA MEDINA, UNIVERSIDAD YACAMBU

RAÚL CASANOVA OSTOS, UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA

GUILLERMO FARIÑAS, UNIVERSIDAD MONTEÁVILA.

JAVIER YONEKURA, UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL TÁCHIRA.

AVERU interpuso demanda de nulidad contra Instructivo que afectó salario de universitarios

El día de hoy, 2 de junio, la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios, AVERU, interpuso ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, una demanda de Nulidad con medida cautelar de Amparo contra el Instructivo denominado «Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública, convenciones Colectivas, Tablas y Empresas Estratégicas» contentivo de los criterios para la aplicación del incremento salarial decretado por el Ejecutivo Nacional a partir del pasado 15 de marzo 2022.

Tal como refieren los representantes de AVERU, dicho instructivo “viola el derecho humano al trabajo, de intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales”.

Señalan que el mismo modificó las interescalas, cláusula 57, y salario básico establecidos en la IV Convención Colectiva Única de Trabajadores Universitarios, CCU, disminuyendo los términos y condiciones de los beneficios, además de la prima de antigüedad que de igual forma fue disminuida, pues el instructivo modificó la base de cálculo que establecía 2% del salario normal por años de servicios.